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Proceso de IT anterior al inicio de las vacaciones

¿Tiene derecho el trabajador al disfrute de las vacaciones cuando anteriormente a las mismas ha iniciado un proceso de incapacidad temporal?

La situación de incapacidad temporal que surge con anterioridad al período vacacional establecido y que impide disfrutar de este último en la fecha señalada, no puede ni debe erigirse en impedimento que neutralice el derecho al disfrute de dicha vacación anual que todo trabajador ostenta por la prestación de servicios en la empresa. Necesariamente ha de hacerse compatible el derecho a la baja por incapacidad temporal, sea esta por enfermedad común o por maternidad, con el correspondiente al disfrute de la vacación anual.

Distinto tratamiento merece la incapacidad temporal que surge durante el disfrute de la vacación, pues es un riesgo que, en tal situación, ha de asumir el propio trabajador.

Reitera la doctrina del Tribunal Supremo de fecha 24 de junio de 2009, rec. 1524/2008, que modificó la doctrina anterior por efecto de la STJCE de 20/01/09 (Asunto Shültz-Hoff). (STS de 8 de febrero de 2011, rec. 2289/2010



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