SU ASESORÍA ONLINE

Teléfono de contacto: 902 10 56 22

ACCESO CLIENTES

ACTUALIDAD

Rectificación de autoliquidación:retenciones no practicadas

¿Procede estimar la solicitud de rectificación de una autoliquidación del IRPF por retenciones no practicadas o inferiores a las procedentes cuando el contribuyente ingresó la cuota tributaria resultante de la autoliquidación sin aplicar lo dispuesto en el artículo 99.5 de la Ley del Impuesto?

No. El ingreso de la cuota tributaria resultante de la autoliquidación del IRPF sin aplicar lo dispuesto en el artículo 99.5 de la Ley del Impuesto tiene efectos liberatarios respecto a la exigencia al retenedor del importe no retenido ya que se ha producido el cumplimiento de la obligación tributaria principal.

Por tanto, si el contribuyente ingresó la cuota tributaria resultante de la autoliquidación no procederá estimar la solicitud de rectificación de la autoliquidación en base al artículo 99.5 de la Ley del Impuesto.



Asesoria Online Asesoria Fiscal Laboral Contable Gestoria Barcelona© 2024

Su Asesoría Online

  • Tel. 902 10 56 22
  • Fax 935 805 887

Su Asesoría Online: Asesoría laboral, Asesoría Contable y Asesoría Fiscal Online