SU ASESORÍA ONLINE

Teléfono de contacto: 902 10 56 22

ACCESO CLIENTES

ACTUALIDAD

Aplazamiento de Pago Seguridad Social II.

Realizamos una segunda entrega sobre los aplazamientos a la Seguridad Social. Entendemos que dada la situación económica es un asunto importante para empresas y autónomos.

¿Que garantías han de prestarse para solicitar el aplazamiento?

El cumplimiento del aplazamiento debe asegurarse mediante garantía suficiente para cubrir el total de la cantidad aplazada.

No se exige la constitución de garantías en los siguientes supuestos:

- Cuando el total de la deuda aplazable sea:
a) Igual o inferior a 30.000€.
b) Inferior a 90.000 € siempre que se acuerde el ingreso de al menos un tercio de la deuda antes de que hayan transcurrido 10 días desde la notificación de la concesión y el resto en los 2 años siguientes.
- Cuando el solicitante sea la Administración General del Estado, una comunidad autónoma, una entidad de la Administración Local u organismos o entidades de derecho público con personalidad jurídica propia o vinculados o dependientes de dichas administraciones, siempre que no actúen en el tráfico jurídico bajo forma societaria mercantil.
- Cuando se trate de deudas por prestaciones indebidamente percibidas que no hubieran sido satisfechas dentro de los plazos reglamentarios, siempre que el sujeto responsable de su reintegro mantenga su condición de pensionista de la Seguridad Social.
- Cuando el Secretario de Estado de la Seguridad Social lo autorice expresamente por concurrir causas de carácter extraordinario.



Asesoria Online Asesoria Fiscal Laboral Contable Gestoria Barcelona© 2024

Su Asesoría Online

  • Tel. 902 10 56 22
  • Fax 935 805 887

Su Asesoría Online: Asesoría laboral, Asesoría Contable y Asesoría Fiscal Online