Para que el descanso del bocadillo sea considerado tiempo efectivo de trabajo es necesario que se realice una jornada superior a seis horas diarias, cuando así lo establece el convenio.
El descanso del bocadillo tiene por finalidad prevenir riesgos laborales, dado que una jornada continuada superior a seis horas comporta mayor cansancio y pérdidas de atención, que pueden incrementar la siniestrabilidad laboral. Para ello, el legislador prevé un descanso de quince minutos, que se computa como tiempo de trabajo cuando así esté establecido en el convenio o en el contrato de trabajo (ET art.34.4).
24/08/2009
20/08/2009
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