DGT, Consulta nº V0254/2011 de 7 febrero 2011. Consulta a la DGT sobre la modificación de la base imponible.
IVA. Base imponible. Modificación. Considera la Dirección General de Tributos que para que la consultante pueda proceder a la modificación de la base imponible del Impuesto por la existencia de créditos incobrables, basta con que concurran los requisitos establecidos al efecto por la norma reguladora del mismo, sin que pueda oponerse a ello la existencia de convenios que se hayan llevado a cabo entre las partes. Así, no sería posible negar el derecho a la modificación de la base imponible contemplado en la Ley del Impuesto como consecuencia de pactos entre particulares puesto que en un tributo la base imponible y los demás elementos de la obligación tributaria no pueden resultar alterados por actos y convenios de los particulares llevados a cabo fuera de los requisitos legalmente establecidos.
08/01/2014
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