El Ministerio de Trabajo ha presentado el primer anteproyecto de ley en donde se regula la prestación por desempleo para autónomos en el caso de cese de actividad.
El texto que Trabajo entregó a las agrupaciones fija un mínimo y un máximo de 580 y 1300 euros de prestación. En la práctica, al ser la prestación del 70% de la base de cotización, y ésta de 900 euros de media, el ministerio ha calculado que los autónomos cobrarán una media de 630 euros.
Acogerse a esta medida será voluntario para la gran mayoría de los autónomos. La cotización por paro, fijada en un 1%, irá vinculada a la de contigencias profesionales (enfermedades profesionales y accidentes de trabajo) por la que actualmente cotizan entre un 2% y un 7% los autónomos que trabajan en sectores de riesgo. Es decir, para este grupo, cotizar un 1% para cobrar el paro será obligatorio. También lo será para los autónomos económicamente dependientes (aquellos que realizan la mayoría de su trabajo para un único cliente, por lo que dependen de él). El resto puede elegir si cotizar o no: eso sí, si lo hace, tendrá que cotizar no sólo el 1% de desempleo, sino también el 2% mínimo por contingencias profesionales.
Después de un año cotizado, los autónomos podrán cobrar dos meses de paro. El tiempo de percepción aumenta según los meses cotizados; así, para cobrar durante 6 meses, es necesario haber cotizado 36.
17/01/2017
17/01/2017
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