Se establece un nuevo tipo de gravamen aplicable en las transmisiones de determinados de bienes de carácter deportivo en Baleares.
Con efectos desde el 10-4-2015 , en la comunidad autónoma de Baleares tributan al tipo de gravamen reducido del 1% las transmisiones onerosas de bienes muebles imprescindibles para la práctica del deporte cuando los mismos sean incoporados por el adquirente a una empresa, actividad o proyecto de carácter deportivo, siempre que se mantengan y permanezcan afectos a dicha finalidad durante al menos cinco años desde su adquisición.
09/08/2011
30/07/2011
09/07/2011
01/07/2011
10/06/2011
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