Se establece un nuevo tipo de gravamen aplicable en las transmisiones de determinados de bienes de carácter deportivo en Baleares.
Con efectos desde el 10-4-2015 , en la comunidad autónoma de Baleares tributan al tipo de gravamen reducido del 1% las transmisiones onerosas de bienes muebles imprescindibles para la práctica del deporte cuando los mismos sean incoporados por el adquirente a una empresa, actividad o proyecto de carácter deportivo, siempre que se mantengan y permanezcan afectos a dicha finalidad durante al menos cinco años desde su adquisición.
08/10/2009
07/10/2009
06/10/2009
06/10/2009
30/09/2009
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