Resolución de 3 de marzo de 2010, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la revisión salarial del Convenio colectivo estatal de agencias de viajes.
El IPC real oficial del año 2009 ha sido del 0,8%, la Comisión Mixta acuerda proceder a efectuar la revisión salarial, según lo preceptuado a tales efectos en el Convenio, aplicando, en consecuencia, este porcentaje sobre los conceptos económicos del año 2008 sujetos a revisión.
Las cantidades derivadas de la presente actualización se abonarán a los trabajadores, como fecha límite, el día 30 de marzo de 2010.
Aplicando como IPC previsto para 2010 el 1%, que se debe incrementar en su 25%, es decir, el incremento total correspondiente al año 2010 es del 1,25%.
28/02/2013
28/02/2013
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14/01/2013
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