CUESTIÓN PLANTEADA
Cómo se adapta el cálculo de los pagos fraccionados a efectuar por empresarios y profesionales a la nueva cuantía de la deducción por obtención de rendimientos de actividades económicas que se establece a partir de 01.01.2010.
RESPUESTA
A partir de 01.01.2010, a efectos del pago fraccionado, la deducción por obtención de rendimientos de actividades económicas se determinará con arreglo a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 80 bis de la Ley del Impuesto, tomando, en lugar de la base imponible del impuesto, la suma de determinadas magnitudes, siendo éstas distintas según se trate de contribuyentes en estimación directa, en estimación objetiva (resto de actividades) , o aquellos que ejerzan actividades agrícolas, ganaderas, forestales o pesqueras (cualquiera que sea el régimen de determinación del rendimiento de éstos).
Asimismo, esta minoración no resultará de aplicación a partir del primer trimestre en que la suma de las citadas magnitudes, correspondiente al período transcurrido desde el primer día del año hasta el último del trimestre a que se refiere el pago fraccionado, sin elevar al año, sea superior a 12.000 euros.
17/01/2017
17/01/2017
17/01/2017
22/06/2016
15/06/2016
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