SU ASESORÍA ONLINE

Teléfono de contacto: 902 10 56 22

ACCESO CLIENTES

ACTUALIDAD

Pareja de hecho. Estimación Objetiva.

Supuesto de Hecho
El consultante desarrolla una actividad económica, determinando el rendimiento neto de la misma por el método de estimación objetiva.
En la actividad también trabaja la pareja de hecho del consultante.

Cuestión planteada
Si la citada persona debe calificarse, a efectos del método de estimación objetiva, como personal asalariado o como personal no asalariado.

Contestación
En el anexo II de la Orden EHA/3063/2010, de 25 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2011 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA se definen las reglas que definen y cuantifican los distintos signos o módulos.

La definición del módulo personal no asalariado se encuentra en la instrucción 2.1.1ª (personal no asalariado) para la aplicación de los signos, índices o módulos en el IRPF.

La instrucción 2.1.1 para la aplicación de los signos, índices o módulos en el IRPF define el personal no asalariado de la siguiente forma:

"1ª) Personal no asalariado. Personal no asalariado es el empresario. También tendrán esta consideración, su cónyuge y los hijos menores que convivan con él, cuando, trabajando efectivamente en la actividad, no constituyan personal asalariado de acuerdo con lo establecido en la regla siguiente."

De acuerdo con esta definición, dentro del módulo personal no asalariado únicamente se incluyen, además del titular de la actividad, al cónyuge e hijos menores que convivan con el titular.

Como en el caso planteado, la pareja del titular de la actividad, no se encuentra incluido dentro de esta definición, deberá considerarse como personal asalariado, en los términos previstos en la instrucción 2.1.2ª (personal asalariado) para la aplicación de los signos, índices o módulos en el IRPF incluida en el anexo II de la mencionada Orden EHA/3063/2010.



Asesoria Online Asesoria Fiscal Laboral Contable Gestoria Barcelona© 2024

Su Asesoría Online

  • Tel. 902 10 56 22
  • Fax 935 805 887

Su Asesoría Online: Asesoría laboral, Asesoría Contable y Asesoría Fiscal Online