¿En qué supuestos es posible la expedición de facturas simplificadas?
Se podrá expedir factura simplificada en los siguientes supuestos:
- Facturas cuyo importe no supere los 400 euros (IVA incluido)
- Facturas rectificativas.
- Operaciones en las que el Reglamento de facturación aprobado por el Real Decreto 1496/2003, permitía la expedición de tiques.
- Los autorizados por el Departamento de Gestión Tributaria.
03/07/2013
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16/04/2013
16/04/2013
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