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Vehículo en leasing. Consulta a la AEAT nº 2009/6980

CUESTIÓN PLANTEADA

¿Cómo debe valorarse la utilización por un trabajador, para su uso particular, de un vehículo que no es propiedad de la empresa, sino que esta lo tiene en leasing

Vehículo en leasing. Consulta a la AEAT nº 2009/6980 RESPUESTA

Cuando la empresa ceda a sus empleados vehículos que no son de su propiedad (leasing , renting ...) el valor de la retribución cada año será el resultado de aplicar sobre el valor de mercado que correspondería al vehículo si fuese nuevo el 20% anual. Dicho valor de mercado será cada año el que corresponda al período impositivo en que se celebró el contrato. Si posteriormente la empresa ejerce la opción de compra se computara el 20% del coste de adquisición que será el valor al contado del bien, más los tributos que graven la operación.




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